SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1685/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1685/2004-R

Fecha: 18-Oct-2004

I.2.2. Informe de las autoridades recurridas

Las autoridades demandadas a fs. 34 y vta. informaron que presentada la acusación del Ministerio Público contra Leidy Marian Barba Roca, ésta no presentó prueba de descargo dentro del plazo de diez días, en cuyo mérito dictaron el Auto de Apertura de Juicio. Posteriormente la defensa argumentando haber cambiado de defensor solicitó diez días para presentar su prueba, plazo que concedieron al amparo de los arts. 9 del CPP, 16 de la CPE y 14 numeral 3 inc. b) del Pacto Internacional de Derechos Civiles Y Políticos (PIDCP), en el entendido de que la defensa es un derecho irrenunciable e inviolable y su importancia práctica es superior a la negligencia del imputado o de su abogado defensor.

Luego de veinte días, la víctima -ahora recurrente-, se adhirió a la acusación fiscal, intervención que fue aceptada en los términos y alcances del art. 79 del CPP y una vez realizados todos los actos para iniciar la audiencia del juicio, entre otros la entrega material de las pruebas ofrecidas, el actor presentó prueba documental sobre su personalidad, señalando que así como el Tribunal recibió la prueba de la imputada también debía ser recibida la suya. En ese entendido, la imputada pidió se rechace el pedido, en cuyo mérito por Auto de 12 de junio de 2004 lo desestimaron conforme el art. 79 del CPP.  Luego el 2 de agosto de 2004, cincuenta días después y en el día de la audiencia de juicio fueron notificados con el presente recurso, cuando el querellante ya había aceptado tácitamente lo actuado. Agregaron que el actor pretende sobre una falsa noción de ilegalidad se incurra en otra ilegalidad, lo que no es posible, ya que el querellante se adhirió a las pruebas presentadas por el Ministerio Público y si bien se aceptó el plazo solicitado por la parte imputada fue para no transgredir el principio de inviolabilidad de la defensa, por lo que solicitaron la improcedencia del recurso con costas.