SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1700/2004-R
Fecha: 25-Oct-2004
a)
Los co-recurridos Santiago Berríos y Humberto Morales sostuvieron lo siguiente: a) a raíz de un proceso penal el abogado Víctor Camacho Ochoa denunció al recurrente a quien se abrió proceso disciplinario que concluyó con la resolución pronunciada por el Fiscal de Distrito de Santa Cruz que le impuso una multa pecuniaria; b) apelada esa resolución por Víctor Camacho, el proceso se remitió al Tribunal Nacional de Disciplina del Ministerio Público, que observó las faltas graves en que incurrió el actor, por lo que ordenó su destitución; c) el amparo no procede porque el recurrente tenía pendiente el recurso de revisión como prevé el art. 123 de la LOMP. Pidieron se declare improcedente el amparo. Ante las preguntas del Tribunal del recurso, expresaron que evidentemente “no se cumplió con la citación al recurrente” con el memorial de apelación.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades y personas recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4. La Resolución de 4 de junio de 2004 (fs. 157 a 160)
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- sin recurso ulterior.
- adecuadas a la naturaleza breve y simple del procedimiento disciplinario
- III.2.
- disciplinario
- III.3.
- APRUEBA