AUTO CONSTITUCIONAL 641/2004-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 641/2004-CA

Fecha: 29-Nov-2004

carece de legitimación pasiva para ser demandado.

Por último , los recurrentes interponen el presente recurso contra Saúl Lara Torrico, Ministro de Gobierno, coligiéndose del acta de compromiso de cumplimiento impugnado que la autoridad recurrida suscribió el acta impugnada en representación del Gobierno Nacional junto con Ramiro Salinas, Viceministro de Pensiones y Seguros y Tomás Quiróz Cartagena, Viceministro de Cooperativas, por lo que el presente recurso ha sido dirigido en forma errónea contra una persona que carece de legitimación pasiva para ser demandado.

De lo expuesto precedentemente se establece: 1) los recurrentes  interpusieron un recurso que no es el idóneo para impugnar un acuerdo contractual como es el acta de compromiso de cumplimiento de 20 de octubre de 2004, que por su carácter contractual no constituye acto o resolución de autoridad pública; 2) el presente recurso ha sido interpuesto por los recurrentes sin tener legitimación activa, por no ser la Federación Sindical de Trabajadores Mineros de Bolivia, parte del acuerdo contractual impugnado, y 3) el recurso ha sido interpuesto contra una autoridad que no tiene legitimación pasiva para ser demandado, al colegirse del acta impugnada que su participación junto a otras autoridades, fue en representación del Gobierno Nacional, lo que determina su rechazo in limine.