Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1774/2004-R
Fecha: 11-Nov-2004
II.1.1.
II.1.1. Al ser remitido el proceso al Tribunal de Sentencia Segundo de la ciudad de La Paz, los jueces técnicos del mismo, por decreto de 26 de septiembre de 2002, invocando el cumplimiento de las normas previstas por el art. 340 del CPP, radicaron la causa, dispusieron que la acusación y las pruebas se pongan en conocimiento de la querellante, lo que se cumplió notificándose tanto a la querellante como a su abogada, quienes presentaron acusación el 11 de octubre de 2002 (fs. 9, 10, 11-12 del expediente original).