SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1785/2004-R
Fecha: 12-Nov-2004
a)
Los recurridos, adjuntando el informe de fs. 162 a 164, señalaron lo que sigue: a) ninguno de ellos tiene legitimación para ser recurrido de amparo, por cuanto no fueron parte del Comité Electoral, ni constituyeron el Consejo Nacional que convocó a elecciones, toda vez que se presentaron a las justas eleccionarias como cualquier socio, habiendo sido distinguidos con el voto de los congresistas; b) de la misma forma rechazaron la personería del recurrente de amparo, debido a que éste actúa en nombre y representación de una directiva inexistente; c) el presente recurso esta mal planteado, en razón de que debió haber sido interpuesto no contra los ganadores de la elección, sino más bien contra el Comité Electoral; por lo que, solicitaron se declare improcedente el presente recurso.