SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1811/2004-R
Fecha: 23-Nov-2004
II.3.
II.3. El 22 de abril de 2003 el Oficial de Diligencia del Juzgado efectuó representación, señalando que pese a haberse constituido en el domicilio señalado, no pudo encontrarse la numeración señalada, desconociendo también los vecinos, por lo que no pudo efectuarse la citación con la demanda (fs. 11); ante dicha representación, la solicitud del demandante de citación por edictos y el juramento de desconocimiento de domicilio, la Jueza del proceso dispuso la citación con la demanda mediante edictos a los demandados (fs. 12 a 13) y por edictos de 12 de agosto, 9 de septiembre y uno sin fecha, publicados en el periódico “Correo del Sur”, se notificó con la demanda al recurrente y a la co-demandada. (fs. 17 a 19).