SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1811/2004-R
Fecha: 23-Nov-2004
procedente
Concluida la audiencia, el Tribunal del recurso declaró procedente el amparo constitucional, disponiendo la nulidad de obrados del proceso civil ordinario seguido por Oscar G. Yankovic Gosalvez contra José Manuel Parada Grandi hasta que se notifique con la demanda declarativa de simulación, nulidad de contradocumento y acción negatoria a los demandados, con los siguientes fundamentos: a) el proceso no cumplió con las normas procesales que son de orden público y de cumplimiento obligatorio como prevé la norma del art. 90 del CPC, toda vez que la norma contenida en el art. 125 del mismo cuerpo legal establece que la notificación por edicto debe ser en un órgano de prensa escrita de circulación nacional y autorizado por la Corte Superior de Justifica, no habiéndose acreditado en el caso que el periódico “Correo del Sur” cuente con la autorización respectiva de la Corte Superior de La Paz para publicar edictos judiciales; b) al no haberse observado las disposiciones legales referidas, no se cumplió con el debido proceso lo que causó absoluta indefensión del recurrente y c) al haberse vulnerado el debido proceso no se puede invocar el carácter inalterable de la cosa juzgada, como lo han hecho la Jueza recurrida y el abogado del tercero interesado.