SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1817/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1817/2004-R

Fecha: 24-Nov-2004

III.2.

III.2. De otro lado, y respecto al régimen de responsabilidad por la función pública de los servidores municipales, se tiene que, las normas previstas por el art. 60 de la Ley de Municipalidades (LM) establece que estos funcionarios se encuentran sometidos a las normas de la Ley de Administración y Control Gubernamentales, compilado legal que en los preceptos del art. 29 dispone que la responsabilidad administrativa se determina por proceso interno de cada entidad, y en las normas previstas por el art. 45 estatuye que se reglamentará mediante decreto supremo; por lo que al efecto se dictó el DS 23318-A de 3 de noviembre de 1992, modificado por el DS 26237 de 29 de junio de 2001, que contienen las normas del “Reglamento de la Responsabilidad por la Función Pública”, cuyas normas regulan el proceso interno que según los preceptos de su art. 18 es el procedimiento administrativo que se incoa a denuncia, de oficio o en base a un dictamen dentro de una entidad a un servidor o ex servidor público a fin de determinar si es responsable de alguna contravención y de que la autoridad competente lo sancione cuando así corresponda; consta de dos etapas: la sumarial y de impugnación, que a su vez se constituye por los recursos de revocatoria y jerárquico, de acuerdo a las normas previstas por el art. 23 del DS 23318-A modificado por el DS 26237.