Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1817/2004-R
Fecha: 24-Nov-2004
improcedente
Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo declaró improcedente el recurso con costas; con el fundamento de que la recurrente, habiendo tomado conocimiento de la resolución de suspensión, no presentó ningún recurso ni acudió ante las autoridades administrativas de trabajo, y porque el recurso de amparo constitucional no es sustitutivo de los recursos ordinarios.