SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1820/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1820/2004-R

Fecha: 26-Nov-2004

improcedente

Por Resolución cursante a fs. 334 y vta., se declaró improcedente el recurso, con los siguientes fundamentos: a) en el caso de autos, los datos del recurso muestran que la persecución aludida emana de un mandamiento de condena, el mismo que se ajusta a la legalidad del resultado del proceso penal seguido por Lucio Urquizo Rocha y Elías Zaga contra los ahora recurrentes, por lo que el derecho de locomoción está restringido por disposición de la propia ley, en cumplimiento de una sentencia ejecutoriada; b) lo que debió interponerse en este caso en particular, era el amparo constitucional, habida cuenta que en el Auto de Vista dictado por los vocales recurridos de 12 de mayo de 2004, se aplicaron indebidamente leyes derogadas, tales como las mencionadas en el tercer considerando y, a saber el art. 59 del CP, sin tomar en cuenta que aquél fue derogado por la disposición final sexta, inciso 2) del Código de procedimiento penal (CPP), con vigencia previa de acuerdo a la disposición octava del mismo cuerpo procesal penal.