Por Resolución 060/2004 de 2 de agosto de 2004, del Director del Establecimiento Penitenciario Centro de Rehabilitación Santa Cruz, se clasificó al interno Pedro Ribeiro Rosa (recurrente) en el cuarto período del Sistema Progresivo (fs. 7), remitiénd
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Por Resolución 060/2004 de 2 de agosto de 2004, del Director del Establecimiento Penitenciario Centro de Rehabilitación Santa Cruz, se clasificó al interno Pedro Ribeiro Rosa (recurrente) en el cuarto período del Sistema Progresivo (fs. 7), remitiénd

Fecha: 17-Dic-2004

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente afirma que se han vulnerado sus derechos a la libertad y a la seguridad jurídica y la garantía de la legalidad, puesto que habiendo cumplido con todos los requisitos previstos en la Ley de Ejecución Penal y Supervisión para obtener la libertad condicional, el Juez recurrido pese al tiempo transcurrido no ha resuelto el incidente y por el contrario dilata su tramitación solicitando informes y certificaciones no exigidos por ley, prologándose con estos actos indebidamente su privación de libertad. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión, si tales extremos son ciertos y si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 18 de la Constitución Política del Estado (CPE).