Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1873/2004-R
Fecha: 07-Dic-2004
II.4.
II.4.Por las copias de los memoriales de fs. 3 y 4 de obrados se evidencia que el representado del recurrente reiteró al Juez recurrido dé cumplimiento al Auto de Vista de 21 de abril de 2004 y se ordene a la parte adversa la devolución del mandamiento de condena, solicitud que mereció la providencia de 30 de septiembre de 2004 que dispone que el impetrante recurra a la autoridad llamada por Ley en vista de no encontrarse el expediente original en su despacho debido a un recurso de apelación, refiriendo además que por ello carece de competencia.