SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1899/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1899/2004-R

Fecha: 13-Dic-2004

improcedente

La Sentencia cursante de 65 a 67 vta., pronunciada el 23 de agosto de 2004 por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, declara improcedente el recurso, bajo el fundamento que en el caso se impugnan los memorandos 0976 y 0977 de 29 de abril de 2004 emitidos por la Alcaldesa Municipal, las Resoluciones de 21 de mayo de 2004 que ratifican los mismos pronunciados también por la autoridad ejecutiva así como la Resolución Municipal 4094/2004 de 16 de julio, pronunciada por el Concejo Municipal, no obstante ello el recurso sólo se dirigió contra la Presidenta del Concejo Municipal, que carece de legitimación pasiva para ser demandada respecto a las resoluciones emitidas por la Alcaldesa Municipal. Consiguientemente en el caso no asume la condición de agraviante únicamente el órgano deliberante sino también el órgano ejecutivo, de ese modo la demanda debió ser interpuesta no sólo contra la nombrada Presidenta sino también contra la Alcaldesa, circunstancia que impide al Tribunal ingresar al análisis del fondo del recurso, tal cual ha resuelto el Tribunal Constitucional a través de las SSCC 1098/2003-R, 1754/2003-R y 295/2004-R, que son vinculantes y de cumplimiento obligatorio conforme prevé el art. 44 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).