Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1910/2004-R
Fecha: 14-Dic-2004
b)
b) En el caso de autos la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior de La Paz constituida en Tribunal del recurso, lo rechazó mediante el Auto revisado de 30 de agosto de 2004, con el argumento de existir identidad de sujeto, objeto y causa y que los extremos alegados en cuanto al Auto de Vista 461/04 corresponde a los tribunales que conocieron los recursos, determinación que se ajusta a la jurisprudencia glosada por cuanto el Tribunal de garantías constitucionales ni el Tribunal Constitucional pueden volver a pronunciarse sobre cuestiones ya resueltas en anteriores recursos.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Resolución que rechaza el recurso
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- será rechazado
- esa decisión, no puede ser motivo para la interposición de otro amparo, p
- Para el caso como el presente, en que se interponga una demanda cuyo fundamento esté basado en dichas decisiones, el recurso deberá ser rechazado in límine, pues al carecer de contenido jurídico-constitucional
- b)
- APRUEBA