SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1922/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1922/2004-R

Fecha: 15-Dic-2004

procedente

Por Resolución de fs. 74 a 76 se declaró procedente el recurso disponiendo la inmediata restitución de los recurrentes en los cargos que desempeñaban y condenando al pago de haberes devengados por el injustificado retiro de sus funciones, con los siguientes fundamentos: 1)  el co recurrente  Miguel Collazos Nava desempeñó el cargo de Jefe Técnico en la Alcaldía de Ravelo desde el 18 de abril de 1995, y posteriormente renunció, habiendo sido nombrado  el 8 de enero de 2002 funcionario de carrera municipal hasta el 22 de enero de 2004, fecha en la que fue cesado por el recurrido; 2) a su vez, el co demandante Juan Lascano Torres ingresó a trabajar como chofer a contrato en la Alcaldía de Ravelo el 4 de marzo de 1996, y a partir de la gestión 1997 fue designado como chofer de planta hasta el 18 de enero de 2002; que, previa renuncia, fue designado como funcionario de carrera municipal hasta el 5 de marzo de 2004, fecha en la que  la autoridad recurrida le despidió;  3) de conformidad al art. 70.I inc. a) del EFP, los recurrentes son funcionarios de carrera por haber cumplido todos los requisitos exigidos, y de acuerdo al art. 7.II inc. a) de ese cuerpo normativo,  tienen derecho a la carrera administrativa y a la estabilidad; 3) en consecuencia,  al  haber sido destituidos de sus cargos sin previo proceso, se ha violado el art. 75 de la LM prohíbe el retiro discrecional de los funcionarios municipales; 4)  en defensa de sus derechos vulnerados, los actores agotaron los recursos ordinarios previstos por ley, por lo que se debe otorgar la tutela demandada.