SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1924/2004-R
Fecha: 16-Dic-2004
III.2.
III.2. En principio corresponde recordar que la jurisprudencia desarrollada por este Tribunal, en las SSCC 1147/2002-R, y 1298/2003-R, enseñan que: “(...) a fin de requerir la tutela que otorga el Amparo como garantía constitucional, se debe demostrar el acto ilegal u omisión indebida que se acusa, lo cual implica que el Tribunal debe evidenciar y tener plena certeza de la amenaza, restricción o supresión de los derechos fundamentales bajo la protección del Amparo para conceder la tutela. En el caso de que no se hubiese demostrado o constatado, el Tribunal está impedido de pronunciarse declarando procedente el recurso; por ello, deberá necesariamente demostrarse con prueba idónea la lesión al derecho, esto implica que de acuerdo a la naturaleza del acto ilegal o la omisión indebida que se acuse, el recurrente reunirá y adjuntará a su demanda dicha prueba, a fin de que este Tribunal la examine y determine la concesión o no de la tutela (…)”; disponiendo además que no podrá otorgarse la tutela ante la falta de certidumbre sobre los hechos demandados.