SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1932/2004-R
Fecha: 16-Dic-2004
II.1.
II.1. Edith Terán de Sotomayor, por escrito de 6 de octubre de 2003 (fs. 19 y 20), a nombre suyo y de Rosemary Alá Morales y otros, interpuso demanda de entrega de lotes de terreno y consiguiente demolición de construcciones clandestinas contra Paulino Aguilar Flores y otros vecinos de la ex- Hacienda Chiripugio Alamasi. A dicha demanda acompañó el Testimonio de Poder 2017/2002 de 3 de octubre (fs. 133 a 137), en el que se facultó a la actora a presentarse “ante el Juzgado de Turno de Partido en lo Civil de la Capital”.
La Jueza dispuso se cumpla el art. 327 inc. 4) del CPC, a lo que la demandante ratificó su desconocimiento de los domicilios de los demandados (fs. 139 vta. y 140), en mérito de lo cual, la autoridad judicial admitió la demanda (fs. 140 vta. y 141), y previo juramento de desconocimiento de domicilio, se publicó edictos citando a la parte demandada (fs. 145 y 146).