SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1933/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1933/2004-R

Fecha: 16-Dic-2004

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

En el memorial presentado el 21 de junio de 2004 (fs. 84 a 87), el recurrente aduce que en 20 de mayo de 2003 a través de un operativo realizado por efectivos del COA, en las inmediaciones de la avenida Virgen de Luján, decomisaron su mercadería consistente en 31 bolsas de clavo de olor de la India, que nacionalizó legalmente en Puerto Suárez. Realizado el operativo se le inició proceso penal por contrabando, en el que asumió defensa presentando la documentación pertinente y solicitó el rechazo de la denuncia y devolución de mercadería.

Relata que impugnó los informes de los funcionarios aduaneros, se realizó una inspección ocular en almacenes de ALBO S.A., y la Fiscal que conocía el asunto, Mónica Von Borries, ordenó nuevos informes. En ese estado el Fiscal recurrido apareció oficiosamente en el trámite e ignoró su documentación, no le hizo conocer la petición de un tercero ajeno al proceso llamado Humberto Vivaldo Mendoza que en 18 de diciembre de 2003 ofertó pago voluntario y entrega de mercancía como si fuera suya, sin demostrar su derecho, sin embargo el citado Fiscal el 23 de diciembre de 2003, requirió la devolución de mercadería al nombrado. A raíz de ello,  se realizó el Informe Técnico GRSCZ FUL 379 dirigido a la Fiscal Mónica Von Borries y el Administrador de la Aduana Interior Santa Cruz, ordenó se entregue su mercadería al tercero ajeno sin conocimiento suyo, pues de esa ilegalidad se enteró recién el 15 de marzo de 2004, e inmediatamente reclamó ante el Gerente Regional de la Aduana, pese a lo que persiste la situación.