Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1933/2004-R
Fecha: 16-Dic-2004
II.4.
II.4. Humberto Vivaldo Mendoza Montenegro, por memorial de 18 de diciembre de 2003 (fs. 80), dirigido al Fiscal Adscrito a la Aduana de Santa Cruz, realizó oferta de pago del 100% del valor del tributo omitido de bolsas de clavo de olor, pidiendo que, en consecuencia, se declare extinguida la acción penal en su contra.
En virtud de requerimiento fiscal, se elaboró el informe sobre la liquidación de la mercancía (fs. 79 y 81), por lo que el Fiscal Osman Arias Villarroel, en 23 de diciembre de 2003 (fs. 67), requirió la “devolución” de mercadería, consistente en 31 bolsas de clavo de olor, a “su propietario” Humberto Vivaldo Mendoza Montenegro.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- improcedente
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- es el juez el encargado de precautelar que la fase de la investigación se desarrolle en correspondencia con el sistema de garantías
- III.3.
- APRUEBA