SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1939/2004-R
Fecha: 17-Dic-2004
procedente
Concluida la audiencia, el Juez de hábeas corpus a través de la Resolución pronunciada el 9 de noviembre de 2004, cursante de fs. 134 vta. a 137, declaró procedente el recurso, anulando obrados hasta fs. 271 vta. inclusive, suspendió la emisión de cualquier mandamiento de condena y de haberse expedido, dejó sin efecto el mismo; para la reparación de daños y perjuicios fijó la suma de Bs500.- con cargo al Juez recurrido. Los argumentos de la demanda son los siguientes: 1) que la cosa juzgada no resulta tal, cuando en el trámite judicial del proceso se advierte que se han vulnerado derechos y garantías constitucionales, abriéndose por ello el ámbito de protección en el orden constitucional; 2) de la revisión del expediente del proceso se evidencia la vulneración de la garantía al debido proceso y el derecho a la defensa.