Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1944/2004-R
Fecha: 17-Dic-2004
II.1.
II.1. Florencio España Díaz en 14 de febrero de 2001 (fs. 35), interpuso querella contra Celedonio Mario Navia Mejía por la presunta comisión de los delitos de estafa, apropiación indebida y abuso de confianza, sin que en su memorial indique el domicilio del sindicado. El Juez Segundo de Instrucción en lo Penal, José Romero Soliz, pronunció el auto de admisión de proceso de acción directa, de 7 de marzo de 2001 (fs. 38), en el que calificó el hecho querellado en el descrito por el art. 346 del CP con relación al 20 del CPP y ordenó se libre mandamiento de comparendo al procesado para que se presente en la audiencia de instructiva jurada y confesión de partes.