Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1944/2004-R
Fecha: 17-Dic-2004
II.4.
II.4. Por escrito de 25 de marzo de 2003 (fs. 72), la defensora de oficio Hortensia Almendras Nogales ofreció prueba testifical, que fue tenida por ofrecida por el Juez (fs. 72 vta.). Sin embargo, en la audiencia única de continuación del debate (fs. 78 a 80), la abogada María Luisa Romero, actuando como Defensora de Oficio del recurrente, renunció a la prueba testifical de descargo alegando “una serie de imponderables” que imposibilitaron sus atestaciones.