SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1957/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1957/2004-R

Fecha: 14-Dic-2004

III.1.

III.1. En el caso examinado se constata que los recurrentes tienen la autorización del Concejo Municipal, mediante Ordenanza Municipal, para el uso de vías públicas como parada de vehículos y desarrollar el servicio de transporte de pasajeros que prestan entre la población de San Julián y Santa Cruz. Sin embargo, posteriormente obtuvieron autorización provisional que les fue otorgada por el Intendente Municipal en otro lugar en el que hicieron construir un tinglado que sufrió daños en su estructura. Los recurrentes atribuyen los daños ocasionados y la toma de la parada que se les asignó provisionalmente, a los miembros y dirigentes recurridos del Sindicato de Transportes “24 de junio”, y que por tales razones estarían imposibilitados de desarrollar sus labores de servicio de transporte.