SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1964/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1964/2004-R

Fecha: 16-Dic-2004

III.2.

III.2. En el caso examinado, los antecedentes que informan el legajo, permiten establecer, que el actor planteó el presente recurso, después de transcurridos los seis meses que señala la jurisprudencia desarrollada por este Tribunal, toda vez que el Auto 11/2004, de 22 de enero de 2004, pronunciado por los vocales recurridos, que resulta ser la última Resolución denunciada de ilegal y que dio lugar a la interposición del recurso de amparo, fue notificado al recurrente el 14 de febrero del año en curso; de donde resulta, que el recurso ha sido interpuesto en forma extemporánea y por ende sin haber cumplido con el requisito de buscar la protección jurídica del amparo en forma inmediata, desnaturalizando su esencia, conforme lo ha establecido la uniforme jurisprudencia de este Tribunal, al señalar que “uno de los elementos primordiales que caracteriza y es inherente al fundamento mismo del amparo, es precisamente la inmediatez de la protección jurídica que se pretende” (SC 420/2004-R, de 23 de marzo); lo que inviabiliza, por extemporánea, la aplicación de la garantía prevista en el art. 19 de la CPE, impidiendo en definitiva conocer el fondo del asunto.