SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1967/2004-R
Fecha: 17-Dic-2004
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Por memorial presentado el 24 de noviembre de 2004, cursante de fs. 74 a 78, el recurrente asevera que de acuerdo al art. 239.3 del Código de procedimiento penal (CPP), por Auto de 11 de marzo de 2003 se concedió en su favor el beneficio de cesación de detención preventiva toda vez que el proceso penal seguido en su contra no cuenta con Sentencia ejecutoriada, es así, que se le impuso el cumplimiento de varias medidas sustitutivas, entre ellas, una fianza económica de Bs120.000.-, que en apelación fue reducida a Bs100.000.-, siendo rechazadas posteriores solicitudes de reconsideración del monto señalado.
El 8 de abril de 2004, ofreció como fianza un inmueble de propiedad de sus padres, por lo que de acuerdo al art. 244 del CPP presentó documentación que acreditaba su inscripción de propiedad en Derechos Reales, que sobre el bien no existía ningún gravamen, su ubicación, su avalúo en Bs105.230.- por catastro rural de Bolivia y de Bs113.562 por un perito particular, así como la cancelación de las obligaciones impositivas.
No obstante el cumplimiento de los requisitos legales, el 22 de abril de 2004, el Juez recurrido ordenó que el Instituto Geográfico Militar (IGM) realice un nuevo avalúo del terreno, y previo informe que confirmó los datos incluidos en la certificación adjunta al memorial de ofrecimiento de fianza, dispuso la realización de peritaje por la Cámara Agropecuaria del Oriente que fue elaborado por uno de sus miembros. Posteriormente exigió la presentación de un certificado alodial actualizado, y excediendo sus funciones señaló audiencia de inspección ocular en el lugar del terreno, oportunidad en la que expresó que no existían muestras de cultivo alguno, pese a las aclaraciones hechas por su padre y los vecinos de lugar en sentido que la siembra se realizó en meses anteriores. Por Auto de 17 de noviembre rechazó la fianza ofrecida bajo el argumento de que no existían alambradas y mejoras en el bien y que el avalúo realizado por Ismael Romero no se ajustaba a la verdad ya que en él se mencionó la existencia de cultivos.
Lo que significa que pese a la existencia de informes emitidos por los peritos y las entidades habilitadas que concluyen que el bien alcanza a una cantidad superior a la fianza económica, el Juez descalificó y observó los mismos pese a carecer de conocimientos específicos sobre temas agrícolas, sin soslayar la exigencia de requisitos no previstos en la Ley y la emisión de providencias disponiendo notificaciones personales, vistas fiscales y demás actuaciones, impidiéndole a obtener su libertad desde el 8 de abril de 2004, encontrándose sometido a una privación de libertad ilegal e ilegítima en detrimento de sus derechos, por lo que interpone el presente recurso.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- procedente
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- procesamiento ilegal,
- a no ser
- III.2.
- Esta decisión fue apelada por el actor, razón por la cual el 22 de noviembre de 2004, la autoridad judicial demandada dispuso la remisión de antecedentes ante la Corte Superior del Distrito.