Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1967/2004-R
Fecha: 17-Dic-2004
II.6.
II.6. El 26 de mayo de 2004, el actor solicitó un nuevo avalúo por la Cámara Agropecuaria del Oriente (fs. 35 vta.) en cuyo mérito el Juez dispuso noticia contraria y vista fiscal (fs. 35), y previo requerimiento (fs. 36 vta.) ordenó que cualquier técnico dependiente de dicha Cámara practique el peritaje impetrado (fs. 37). En cumplimiento a la orden judicial, por informe de valuación realizada por Ismael Romero R. se estableció que el bien tiene un valor comercial de $US11.362.- (fs. 38-45).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- procedente
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- procesamiento ilegal,
- a no ser
- III.2.
- Esta decisión fue apelada por el actor, razón por la cual el 22 de noviembre de 2004, la autoridad judicial demandada dispuso la remisión de antecedentes ante la Corte Superior del Distrito.