SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1979/2004-R
Fecha: 17-Dic-2004
II.1.
II.1. Dentro del juicio oral seguido contra Sandra Anabela Daza de Ortíz y Juan Raúl Ortiz, por la presunta comisión del delito de estafa se señaló audiencia de juicio oral para el 4 de noviembre de 2004, actuado que recién se verificó el 5 del mismo mes y que fue suspendido ante la solicitud del abogado de los imputados alegando una afección dental, fijándose nueva audiencia para el 9 del mismo mes a horas 9:52, que también fue suspendida para el 12 de noviembre ante la inconcurrencia del abogado defensor de los imputados, bajo conminatoria de aplicarse la sanción prevista por el art. 105 del CPP (fs. 71).
El 12 de noviembre, el abogado de los imputados tampoco se hizo presente a la audiencia de juicio oral habiendo presentado éstos un pase profesional, en cuya virtud, el Tribunal recurrido volvió a suspender la audiencia dando oportunidad a los imputados para que contraten su abogado defensor y en defecto les designó defensores de oficio, señalándose nueva audiencia para el 17 del mismo mes a horas 9:44 (fs. 74), que fue suspendida para el 26 de noviembre a horas 9:15 a solicitud esta vez de la abogada defensora de oficio por tener otra audiencia y poder revisar el expediente (fs. 75).