Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1979/2004-R
Fecha: 17-Dic-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente afirma que en la audiencia de juicio oral ante el reclamo que formularon sus representados por violación de su derecho a la defensa el Tribunal Segundo de Sentencia ordenó ilegalmente su detención preventiva, sin que concurran los presupuestos previstos por los arts. 233, 234 y 235 del CPP, incurriendo en detención y procesamiento indebidos. Corresponde analizar, en revisión, si de acuerdo a los datos del cuaderno procesal y las normas legales aplicables, se debe otorgar la tutela que brinda el art. 18 de la CPE.