SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1979/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1979/2004-R

Fecha: 17-Dic-2004

III.1.

III.1. Antes de ingresar a analizar la problemática presente se debe recordar que, la SC 1154/2004-R, de 26 de julio, señala que: “(...)la jurisprudencia constitucional, ha establecido que la decisión de disponer o no la detención preventiva corresponde a los jueces de instrucción en la etapa preparatoria o a los jueces técnicos en la etapa del juicio oral; sin embargo, también se ha dejado establecido que cuando el análisis de los elementos probatorios para tomar dicha decisión es irrazonable lógica y legalmente, porque se aparta del marco de objetividad al que debe circunscribirse el juzgador, este Tribunal puede hacer un examen de la decisión y decidir lo que correspondiere de acuerdo a los mandatos de la Constitución y las leyes procesales, respetando lo que es de exclusiva competencia de los referidos jueces”.