Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0135/2004-R
Fecha: 02-Feb-2004
II.4
II.4 El 8 de septiembre de 2003, Ignacio Cahuana Ventura, Presidente del Concejo Municipal y Norberto Mamani y Santos Aro como Concejales, mediante nota dirigida a Teodoro Calle Mollo, “en su condición de concejal” (sic), le invitan a participar de la sesión ordinaria de 17 de septiembre, “para terminar con el conflicto interno suscitado a raíz de la censura” (sic) (fs. 18).