SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0138/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0138/2004-R

Fecha: 02-Feb-2004

a)

El vocal co-demandado Armando Pinilla Butrón sostuvo que: a) se aplicó medidas sustitutivas porque el hijo del recurrente desmintió a su padre en cuanto al domicilio que había señalado para lograr la cesación de la detención preventiva, b) también se consideró, la presentación de una certificación por el Director del Recinto Penitenciario en sentido de que el sujeto Triguero visitó al actor los días 6 de marzo y 24 de noviembre, cuando dicho personaje es un sujeto declarado rebelde ante la ley dentro de la misma acción en que está inmerso el recurrente; c) y finalmente, la declaración del actor sindicando a Triguero ser autor del hecho por el que se los juzga d) las resoluciones sobre medidas cautelares no son definitivas, pueden modificarse aún de oficio cuando se presenten nuevos elementos; e) recién se va a ingresar a juicio, lo que pesa es una acusación formal contra el actor y todavía no existe resolución final determinativa; f) el Ministerio Público ha requerido porque se revoque la resolución cuestionada y se mantenga la detención preventiva; g) el Tribunal única y exclusivamente ha considerado la solicitud de la parte querellante para que se revoque la resolución que disponía la cesación de la detención preventiva y la consiguiente aplicación de medidas sustitutivas a favor del actor.