Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0163/2004- R
Fecha: 04-Feb-2004
II.3.
II.3. Por auto de 10 de noviembre de 2003, el Juez recurrido, atendiendo la impugnación del acreedor de los recurrentes ante su decisión de suspender el remate, dispuso mantener vigente y subsistente el señalamiento de remate para el 1° de diciembre de 2003, dejando sin efecto el auto de 29 de octubre de 2003 (fs. 33, 34vta.)
- Simón Sung Choe y Nieves Lizedt Kippes Baldelomar de Choe
- I.1.
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- rechazó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- El recurrente también podrá solicitar la adopción de medidas cautelares en cualquier momento, con carácter previo a la resolución final.
- III.3.
- APROBAR