SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0213/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0213/2004-R

Fecha: 12-Feb-2004

I.1.1 Hechos que motivan el recurso

Los recurrentes son funcionarios del Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR), habiendo ingresado a la Carrera Administrativa con el correspondiente Registro de Funcionarios de carrera emitidos por la Superintendencia de Servicio Civil y por ello se encuentran sometidos a la normativa prevista por el Estatuto del funcionario público y su Reglamento, teniendo derecho a la estabilidad en sus cargos, no obstante de ello el Director Ejecutivo del FNDR, el 6 de mayo del 2003, emitió memorandos agradeciéndoles sus servicios por supresión del cargo, por lo que interpusieron primero recurso de revocatoria que no fue resuelto, luego recurso jerárquico ante la Superintendencia de Servicio Civil, la que emitió la Resolución Administrativa (RA) SSC/IRJ/107/2003 de 18 de julio revocando totalmente los actos administrativos emitidos el 6 de mayo, disponiendo que todos sean reincorporados a sus respectivos cargos con carácter retroactivo a la fecha de retiro.

Posteriormente, mediante notas de 25 de julio y 5 de agosto, solicitaron se les notifique a fin de dar cumplimiento a la resolución mencionada, habiéndoseles comunicado mediante nota de 7 de agosto que la reestructuración administrativa del Fondo fue aprobada mediante la Resolución del Directorio Único de Fondos 023/03 de 30 de julio, por la que habían sido suprimidos sus cargos, sin embargo, se les propuso un plan de pagos de los salarios devengados, incumpliendo la Resolución Administrativa de la Superintendencia de Servicio Civil, ocasionándoles severos problemas económicos, puesto que alegando el cumplimiento de la Ley Financial 2449, no se les reincorporó pese a que existen 30 cargos vacantes y el informe de Asesoría jurídica AL-AC.JCD-624NOT/03 sugirió el cumplimiento de dicha Resolución; además, que dicha ley no establece la supresión de cargos, sino sólo la reducción de la planilla salarial, por lo que viendo vulnerados sus derechos fundamentales interponen amparo constitucional, solicitando se tome en cuenta la abundante jurisprudencia constitucional emitida sobre el tema.