Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0228/2004-R
Fecha: 16-Feb-2004
II.2.
II.2. El 28 de mayo de 2003, el recurrente prestó su declaración confesoria (fs. 21 a 22) y posteriormente se consideraron las medidas cautelares a imponerse al actor, disponiendo el Juez recurrido su libertad, por ser el giro de cheque en descubierto un delito de acción privada, advirtiendo al recurrente la obligación que tenía de asistir a todos los actos de la causa, bajo conminatoria de librarse el mandamiento de ley. (fs.23).
- recurso
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- 1)
- improcedente
- II.2.
- II.3. El 20 de junio de 2003, la audiencia de instructiva jurada y vista de la causa fue suspendida por la ausencia del procesado y su abogado (fs. 24); lo mismo sucedió con las audiencias de 1, 7 y 16 de julio
- III.1.
- III.2.
- debido a que éste no asistió a las reiteradas audiencias fijadas
- APROBAR