SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0271/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0271/2004-R

Fecha: 27-Feb-2004

a)

El recurrente alega la vulneración de sus derechos  a la  libertad, al debido proceso y a la persecución penal única previstos en los arts. 6.II, 16 CPE y 4 CPP, demandando que fueron lesionados por la Jueza recurrida, por cuanto: a) no obstante que en el primer proceso penal sustanciado en su contra la Jueza recurrida dictó resolución que dio por retirada la acusación criminal, por desistimiento de la acusadora particular, se llevó a cabo el segundo proceso penal, a pesar de que opuso excepciones que también fueron rechazadas en apelación por Auto de Vista 182/2003, sin fundamentación y sin pronunciarse sobre la prueba literal del primer proceso, vulnerando el principio non bis in idem, b) a raíz de ese ilegal segundo juicio el Juez Tercero de Sentencia en una supuesta suplencia de la Jueza recurrida, usurpando funciones dispuso sin prueba  y sin fundamentación alguna, su arraigo, resolución que una vez apelada fue conocida por los vocales de la Sala Penal Tercera quienes la aprobaron sin señalar tampoco audiencia, sin fundamentación y sin pronunciarse sobre la prueba literal. En consecuencia, en revisión de la resolución dictada por el Juez de hábeas corpus, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si vulneran los derechos aludidos, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.