SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0271/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0271/2004-R

Fecha: 27-Feb-2004

I.2.2. Informe de la autoridad recurrida

La Jueza recurrida  informó que dentro del proceso penal que le sigue el Ministerio Público y la acusadora particular al recurrente por los delitos de amenazas y otros,  en la audiencia de prosecución de juicio de 17 de julio de 2003 en su suplencia legal -puesto que se encontraba con licencia-,  el Juez Tercero de Sentencia, dispuso el arraigo del recurrente como medida cautelar, resolución que fue apelada ante la Sala Penal Tercera, la que mediante Resolución 182/2003 de 27 de agosto, la declaró improcedente confirmando el arraigo dispuesto. Después de realizarse el juicio oral, el 21 de noviembre de 2003, se dictó Sentencia condenatoria en contra del recurrente por la comisión del delito de revelación de secreto profesional tipificado en el art. 302 del Código penal (CP) y, teniendo en cuenta que el arraigo es una medida cautelar de carácter preventivo únicamente para el desarrollo del juicio, se dejó sin efecto el mismo en la audiencia de lectura de sentencia, resolución que  se encuentra en actuaciones preparatorias a su remisión a la Corte Superior de Distrito, al haber sido apelada en forma restringida por la parte acusadora. Aclara que ni durante el juicio ni al presente existe orden de aprehensión alguna o similar actuación que diera a entender que el derecho a la libertad que tiene el recurrente esté vulnerado y que la actividad procesal defectuosa impugnada de ilegal no le es atribuible, más aún si se tiene en cuenta que fueron confirmadas en apelación por la Corte Superior del Distrito.