carece en absoluto de contenido jurídico-constitucional que justifique una decisión sobre el fondo.
En consecuencia, el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad solicitado por Eduardo Añez Paz en representación de la Sociedad Comercial BOLIVIA MAHOGANY S.R.L., demandando la inconstitucionalidad de la SC 1029/01-R de 24 de septiembre de 2001, pronunciada en revisión del recurso de amparo constitucional interpuesto por Gil Antonio Porras López en representación del Banco Santa Cruz S.A. contra Jacinto Morón Sánchez y Teresa Vera de Gil, Vocales de la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Santa Cruz, carece en absoluto de contenido jurídico-constitucional que justifique una decisión sobre el fondo.
- el Tribunal conformado por Armengol Arnez Gutiérrez, Marlenny Rojas de Quiroga, Alcides Cuellar Gamarra y Bismarck Osinaga Toledo, Conjueces de la Corte Superior del Distrito de Santa Cruz,
- la Sentencia Constitucional 1029/01-R de 24 de septiembre de 2001,
- I.2.1. Respuesta al recurso
- ,
- II.2. Cumplimiento de requisitos
- resolución no judicial
- el Tribunal Constitucional,
- Fragmento 8
- carece en absoluto de contenido jurídico-constitucional que justifique una decisión sobre el fondo.
- APRUEBA
