Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0029/2004
Fecha: 31-Mar-2004
II.2.
II.2. El 29 de diciembre de 2003, María Beatriz Herbas Quispe, interpuso demanda contencioso tributaria contra GRACO-Cochabamba, impugnando la Resolución Determinativa referida en el punto II.1 precedente (fs.19 a 21), la que fue admitida por el Juez Segundo de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario del Distrito Judicial de Cochabamba, por Auto de 31 de diciembre de 2003, disponiendo que “por tratarse de un procedimiento administrativo “en trámite” a la fecha de publicación de la Ley 2492, téngase por admitida la demanda con arreglo a las previsiones contempladas en la Ley 1340 (...)”(fs. 22). (las negrillas son nuestras)
- Fragmento 1
- I.1.1. Relación sintética del recurso
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- serán resueltos hasta su conclusión por las autoridades competentes conforme a las normas y procedimientos establecidos en las leyes N° 1340
- conclusión
- III.2.
- III.3.
- DECLARA INCONSTITUCIONAL