SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0277/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0277/2004-R

Fecha: 01-Mar-2004

III.1

III.1          La Ley 975 de 2 de marzo de 1988, en su artículo primero establece que: “Toda mujer en período de gestación hasta un año de nacimiento del hijo, gozará de inamovilidad en su puesto  de trabajo en instituciones públicas o privadas”; y en su artículo segundo indica que: “La mujer en gestación en el puesto de trabajo que implique esfuerzos que afecten su salud, merecerá un tratamiento especial, que le permita desarrollar sus actividades en condiciones adecuadas, sin afectar su nivel salarial ni su condición en su puesto de trabajo”.