Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0277/2004-R
Fecha: 01-Mar-2004
procedente
Concluida la audiencia el Tribunal de amparo constitucional pronuncia resolución que lo declara procedente con el fundamento de que los hechos establecidos demuestran el retiro de la fuente de su trabajo a la recurrente y que las autoridades recurridas han transgredido la Ley 975, el art. 193 CPE que protege la maternidad; vulnerando también, su derecho al trabajo, a la seguridad social, y a la salud de ella y la recién nacida.