Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0278/2004-R
Fecha: 01-Mar-2004
II.2
II.2 El 8 de agosto de 2003, el Tribunal dicta auto de apertura de proceso disciplinario en contra del recurrente, por supuestas faltas previstas en el art. 39.5) y 41.2) de la Ley 1817, concordante con el art. 22.I numeral 5) y parágrafo III numeral 2 del Reglamento de Procesos Disciplinarios del Poder Judicial (fs. 15 a 16).