Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0307/2004-R
Fecha: 10-Mar-2004
II.1
II.1 El 15 de noviembre de 2002, la Sala Penal Tercera de la Corte Superior de Justicia de Cochabamba, declaró improcedente el recurso de casación interpuesto por Juan Flores Mamani, Abad Sindulfo Flores Sánchez y Elizabeth Mamani de Flores contra el Auto de Vista de 27 de mayo de 2002, pronunciado dentro del proceso penal a citación directa, seguido por Rosalí Copa Cachi contra los nombrados, por la comisión de los delitos de lesiones y perturbación de la posesión (fs. 21); mediante Auto de 31 de enero de 2003, los vocales de la Sala Penal Tercera, tasaron las costas en Bs15.- y regulan el honorario profesional en Bs1.500.- (fs. 22).