SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0307/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0307/2004-R

Fecha: 10-Mar-2004

procedente

La Resolución de 17 de diciembre de 2003 (fs. 68 y vuelta), declaró procedente el recurso, argumentando que: 1) el recurrente fue notificado con la resolución el 21 de noviembre de 2003 a las cinco de la tarde con treinta minutos, 2) el art. 355 del Código de procedimiento penal de 1972 (CPP.1972), establece que son aplicables las disposiciones pertinentes del Código de procedimiento civil; en consecuencia, en ejecución civil de las cuestiones emergentes del proceso civil se debió aplicar el art. 220 CPC que prevé el plazo de diez días para interponer recurso de apelación contra sentencias y autos definitivos en procesos ordinarios, sumarios y ejecutivos, 3) el rechazo de nulidad de remate constituye un auto definitivo, que es apelable dentro el término de diez días conforme manda la norma civil citada anteriormente, de lo que se evidencia que la Jueza recurrida incurrió en omisión indebida.