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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0333/2004-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0333/2004-R

    Fecha: 10-Mar-2004

    ANULAR

    El Tribunal Constitucional en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120.7ª CPE y  arts. 7.8ª y 102.V LTC, en revisión resuelve: ANULAR obrados hasta el estado en que el recurso sea interpuesto ante la Corte Superior del Distrito competente para pronunciarse sobre el mismo.

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1.   Hechos que motivan el recurso
    • 1)
    • I.1.3. Autoridades   recurridas  y petitorio
    • I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
    • procedente
    • II.1
    • III.1
    • III.2
    • jurisdicción
    • es competente)
    • III.3
    • III.4
    • ANULAR

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