SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0392/2004-R
Fecha: 17-Mar-2004
procedente
Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo pronuncia resolución que declara procedente con los siguientes fundamentos: 1) si bien los alumnos hicieron abandono del establecimiento sin la autorización correspondiente, y consumieron bebidas alcohólicas en un domicilio particular, la falta escolar es la salida del establecimiento y al juzgar un acto externo al mismo, se está violando la vida privada de los recurrentes; 2) la presunta agresión sexual a otra alumna debe ser investigada por la justicia ordinaria y los recurridos al juzgarlo se han atribuido facultades que no les compete, violando los derechos a la defensa y al debido proceso; 3) la Directora Distrital de educación, al limitarse a recomendar a la Unidad Educativa reconsidere el caso, ha desconocido sus propias atribuciones por omisión, conculcado el derecho a la educación de los recurrentes.