Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0415/2004-R
Fecha: 24-Mar-2004
II.5
II.5 El 28 de junio de 2002, el Administrador de la Casa Municipal Nº 3, funcionarios municipales y vecinos, procedieron a la apertura de una vía a través del inmueble de los representados del recurrente (fs. 33), habiendo estos formulado su reclamo al respecto el 17 de octubre de 2002 (fs. 42).