SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0420/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0420/2004-R

Fecha: 23-Mar-2004

III.1

III.1         Antes de analizar el fondo del presente recurso, corresponde establecer que uno de los elementos primordiales que caracteriza y es inherente al  fundamento mismo del amparo constitucional es la inmediatez de la protección jurídica que se pretende, así ha declarado este Tribunal mediante diferentes Sentencias Constitucionales, que determinan que el término máximo para interponer el amparo es de seis meses computables a partir del conocimiento del acto ilegal u omisión indebida o del agotamiento de los medios administrativos u ordinarios previstos en la ley (SC 263/2004-R, de 27 de febrero).