Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0422/2004-R
Fecha: 24-Mar-2004
II.2
II.2 Aprehendidos dos de ellos, luego de prestada su declaración informativa se llegó a establecer la posible participación directa del recurrente Alejandro Sueiro Espíndola, cuya aprehensión fue ordenada por la Fiscal Adjunta en 10 de febrero de 2004 de conformidad con el art. 226 del CPP, fundamentando la misma en la finalidad de asegurar su presencia, existir suficientes indicios de ser autor o partícipe del delito de robo agravado y ser de acción pública cuyo mínimo legal es superior a dos años y existir indicios de que puede fugarse o ausentarse de la ciudad (fs. 20).