Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0425/2004-R
Fecha: 24-Mar-2004
III.4.
III.4. Por los antecedentes expuestos se concluye, que el recurrente fue apremiado por incumplimiento en el pago de la pensión de asistencia familiar, en virtud de una orden emanada de autoridad competente, conforme manda el art. 9 de la CPE y en función a lo dispuesto por los arts. 146 y 436 del CF, art. 70 de la LAPACAF y art. 11 de la Ley 1602 de 15 de diciembre de l994. De donde resulta, no ser evidente, la existencia de una detención ilegal o infracción a las normas del debido proceso, conforme denuncia el recurrente.