Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0437/2004-R
Fecha: 24-Mar-2004
II.3.
II.3. Por Auto de 29 de enero de 2004 (fs. 29-31), el Juez demandado dispuso las siguientes medidas sustitutivas con relación a la recurrente: a) detención domiciliaria en La Paz, b) obligación de presentarse ante el despacho judicial los días sábados; c) su arraigo en el país y en la citada ciudad; d) prohibición de comunicarse con los demás co-procesados, y e) fianza económica de $us150.000.